LOS EFECTOS DEL "GRAN ESCÁNDALO" DE POTOSÍ
EN ESPAÑA
Francisco
Jovel
Roberto Jovel
ANTECEDENTES
En el libro titulado Necessity Coinage of Guatemala y en el trabajo incluido en el
Anuario de ANUCH de 2000, bajo el título La contramarca guatemalteca de corona sobre
moneda macuquina peruana en el Siglo XVII, se describieron los acontecimientos
relacionados con la moneda de plata de baja ley producida
en la Casa de Moneda de Potosí a principios del Siglo
XVII, tanto en el Reino del Perú como en el de Guatemala,
respectivamente.
En el presente artículo los Autores describen los efectos
que el llamado Gran
Escándalo, por la reducción de la fineza de la moneda
acuñada en Potosí durante la primera mitad del siglo
diecisiete, tuvo en España bajo el reinado de Felipe
IV. Para ello, accedieron por medio del Internet
al Archivo General de Simancas – ubicado en las cercanías
de Valladolid en España – para obtener información sobre
el tema. Al respecto, la Asociación de Amigos de la
Casa de la Moneda de Segovia mantiene una extensa base
de datos sobre documentos históricos disponibles en
los archivos españoles. Dicha base de datos incluye
más de 6,000 fichas de documentos originales sobre la
acuñación de moneda y la política monetaria española
correspondientes a los Siglos XVI y XVII, que han sido
organizados por el distinguido historiador numismático
Glenn Murray, a lo largo de un período de seis años
bajo un proyecto financiado por la Fundación de la Casa
de la Moneda de Segovia.
Si bien la excursión virtual hecha por los Autores en
los archivos de Simancas para el período comprendido
entre 1644 y 1657 fue exhaustiva, la información obtenida
revela solamente una parte de la situación generada
por la moneda feble potosina. Ello no obstante, permite
lograr una idea de los problemas y la pérdida de imagen
y confianza de la moneda española de aquella época en
los mercados europeos.
EL DESCUBRIMIENTO DEL GRAN ENGAÑO
Desde principios del Siglo XVII
se había señalado que existían irregularidades en cuanto
a que las monedas de plata acuñadas en la ceca de Potosí
no cumplían con las normas establecidas en cuanto a
fineza y peso. Sin embargo, la Corona
española – bajo el reinado de Felipe IV – solamente tomó conciencia de tal situación a mediados de la década
de 1640. En efecto, con fecha 12 de abril de 1644, el
Ensayador Mayor del Reino, don Andrés de Ferrera, envió
un oficio al Presidente del Consejo de Hacienda haciendo
ver el fraude y escándalos causados por la moneda falta
de ley que recientemente había llegado de las Indias,
y solicitando la creación de una comisión para “con
todo secreto” poner fin a tal situación.
FELIPE
IV
Felipe IV nació en Valladolid
en 1605 y murió en Madrid en 1665. Fue monarca de
España y las Indias desde 1621 hasta su muerte. Era
hijo de Felipe III y su esposa Margarita de Austria,
habiendo subido al trono a la muerte de su padre.
Se casó en dos ocasiones; primero con Isabel de Borbón
en 1615 y luego con Mariana de Austria en 1648. Durante
su mandato hizo especiales esfuerzos para restaurar
el poder del trono español, que se había visto disminuido
durante el reinado de su padre. Ello supuso la introducción
de importantes reformas en diferentes ámbitos. En
lo económico adoptó el modelo mercantilista holandés,
y mediante el proyecto de Unión de Armas procedió
a ordenar y canalizar eficazmente los recursos monetarios
provenientes de los reinos del extranjero que se requerían
para mantener las fuerzas armadas en capacidad de
hacer frente a cualquier enemigo así como para asegurar
la llegada de los mismos recursos hasta la Península.
En lo administrativo – por medio del Gran Memorial
– buscó establecer una monarquía eficaz, con objetivos
y metas claramente definidas. Sin embargo, los recursos
decrecientes de oro y la oposición de las Cortes a
los cambios en los impuestos y a la Unión de Armas,
generaron la quiebra de la monarquía en 1627. Además,
a partir de 1621 se acuñó moneda de vellón en exceso,
y entre 1628 y 1631 se produjeron derrotas militares
con consecuencias desastrosas para España. La guerra
contra Francia comenzó en 1635 y requirió de grandes
cantidades de recursos que debían ser aportados por
la nobleza. Ello provocó la rebelión de catalanes
y portugueses en 1640. La guerra prosiguió con la
consiguiente presión fiscal, que desembocó en una
segunda quiebra en 1647. Además, hubo una sucesión
de malas cosechas agrícolas que generaron revueltas
en Castilla y en Nápoles. Finalmente, Felipe IV firmó
la paz en Munster en 1648 y en los Pirineos en 1659.
Durante los últimos años de su reinado hizo el intento
de recuperar Portugal. Al fallecer, dejó una monarquía
sumida en una recesión profunda, y se cuestionaba
fuertemente su autoridad por parte de la nobleza,
diversas ciudades y regiones.
Mediante Real Cédula de 23 de
diciembre de 1642, Felipe IV había establecido que la
ley o fineza de la moneda de plata proveniente de América
debería ser de 11 Dineros y 4 Granos, o su equivalente decimal de 0.931.
Tal norma debía ser observada escrupulosamente por los
Ensayadores de las diferentes cecas americanas y su
quebrantamiento era considerado como crimen de lesa
majestad.
A
pesar de que ya en 1644 se había descubierto que las
monedas potosinas no cumplían con la norma, seguramente
que los diferentes problemas internos y externos que
hubo de enfrentar Felipe IV le impidieron otorgar al
tema la importancia que merecía.
Sin embargo, nuevamente en 1648
surgieron informes oficiales acerca de la falta de ley
en la moneda potosina. Por ejemplo, el 7 de julio de
dicho año la Casa de Contratación de Sevilla informó
al Rey acerca de “los
embarazos ocasionados por la moneda (de Indias), no queriendo aceptarla los comerciantes hasta que se realizase el ensayo
respectivo”. Días más tarde, el Consejo de Hacienda
del Reino de Aragón indicó la “falta de hasta 3 Reales en monedas de a 8 Reales
en monedas provenientes del pago al ejército real”,
lo que movió a Felipe IV a dictar un decreto para hacer
ensayar la moneda potosina. El Reino de Castilla envió un reclamo
similar fechado el 5 de septiembre. Evidentemente, la moneda potosina
que había llegado en la flota desde América ese año
estaba circulando por toda España y se había detectado
por los particulares – y confirmado por los Ensayadores
Reales – que contenían un feble cercano e incluso superior
al 25%, lo que ocasionaba su rechazo generalizado.
LAS
ACCIONES ADOPTADAS EN EL PERÚ
En respuesta a lo anterior, Felipe
IV designó al Dr. Francisco de Nestares Marín – una
persona de su entera confianza y con conocimientos sobre
el tema monetario – para que viajase a Potosí con objeto
de investigar y poner remedio a la situación. Adicionalmente,
el Rey decidió – con fecha 15 de enero de 1649 – enviar
al Virrey del Perú muestras de los Reales de a ocho
que habían sido examinados en noviembre de 1648 por
los Ensayadores Reales Andrés de Perera y Pedro de Arce.
Nestares
Marín inició su labor en Potosí a fines de diciembre
de 1648. Como resultado de ella, se destituyó y encarceló
al Corregidor de la ciudad, don Juan Velarde Treviño;
se removió de su cargo al entonces Tesorero propietario
de la ceca don Bartolomé Hernández, y se dictó sentencia
de muerte contra los antiguos Tesoreros Francisco Ximénez
de Cervantes y Miguel Ruiz por complicidad en la falsificación
de la moneda. Además, Nestares Marín comprobó que existía
complicidad entre los oficiales de la ceca y los mercaderes
de plata, por lo que el Alcalde Francisco Gómez de la
Rocha y el Ensayador Felipe Ramírez de Arellano (monograma
FR en las monedas) fueron condenados a muerte por garrote
vil en diciembre de 1649, siendo posteriormente colgados
sus cadáveres en la plaza pública para escarmiento.
Posteriormente, fueron condenados a muerte en 1652 los
mercaderes de plata Luis de Vila, Miguel de Casanoba
y Pedro Felipe de Guadalupe. Además, Nestares Marín
dispuso la remoción y el juicio al Ensayador Pedro Zambrano
(inicial Z en las monedas), nombrando en su lugar a
don Juan Rodríguez de Rodas quien había venido desde
España para asumir el cargo. También mandó encarcelar
a Jerónimo Velásquez quien había fungido brevemente
como Ensayador en 1646.
Mientras se comenzaba con la
producción de las monedas con el nuevo diseño columnario,
el Ensayador Rodas – que usaba el símbolo ☉ para identificarse – y su sucesor Antonio de
Ergueta fabricaron macuquinas, entre 1649 y 1652, que
no lograron alcanzar completamente la ley o fineza establecida
en las normas reales respectivas, quedando con un feble
del 6%. Ellas fueron devaluadas correspondientemente
– esto es, la de 8 Reales a 7 ½ y la de 4 Reales a 3
¾ -- y se recurrió a resellarlas con una corona para que el público
pudiese identificarlas con facilidad.
LOS PROBLEMAS EN ESPAÑA
Mientras sucedía lo anterior en Potosí, las monedas potosinas
faltas de ley – anteriores a las acuñadas por Rodas
y Ergueta – continuaron generando problemas crecientes,
no solamente en los mercados internos sino también en
Europa.
Con relación a este último caso, el Embajador español
en Génova, don Antonio Ronquillo, envió una comunicación
al Rey el 23 de enero de 1649 indicando que “en
un envío de monedas recibidas de Cádiz se había encontrado
gran cantidad de reales de a ocho labrados en Perú y
faltos de ley, con el consiguiente trastorno”. Además, el 7 de noviembre del mismo
año el presidente del Consejo de Hacienda aconsejó al
Rey enviar plata en barras a Flandes “por el descrédito que tiene la moneda en Reales del Perú”. Finalmente, a principios de 1650,
un memorando del Factor del Rey expuso los problemas
que se presentaban para efectuar pagos en Génova debido
a que en las letras se “dice
que se paguen en Reales de a ocho escluso los del Perú
(…)”. Ello ilustra el descrédito de la
moneda española en los países europeos con que aquella
mantenía relaciones comerciales.
En cuanto a los problemas internos, desde Córdova y otras
ciudades se recibieron en Madrid durante 1649 informes
indicando la llegada de cargamentos de plata que incluían
moneda falta de ley, sin duda luego del arribo de la
flota de dicho año. El problema que había sido detectado
por el comercio el año anterior, estaba generando una
gran desconfianza entre el público español en general.
Ante cartas llegadas de los Reinos de Aragón y Valencia
el 14 de agosto, el Rey se vio precisado a decretar
que se reuniera con urgencia el Consejo de Hacienda
para tomar una resolución sobre el asunto de la moneda
peruana. Dos semanas más tarde y luego de
largas deliberaciones, el 28 de ese mismo mes de septiembre,
el Presidente del Consejo urgió al Rey que publicase
la pragmática recomendada “sobre
la moneda peruana de rebajada ley, debido a que todos
se recatan de comerciar con esta moneda”. Felipe IV actuó con rapidez ante
la recomendación de sus colaboradores y autorizó la Pragmática de
1º de octubre de 1650 que dispuso la recolección y fundición
de toda la moneda acuñada en Perú. Específicamente,
el monarca mandaba en su Pragmática:
“que toda la moneda falta de ley que huviere
en el Perú, se reduzga a las de moneda destos Reynos,
para que allí se funda y afine, y ponga a la ley que
debe tener, prohibiendo desde luego el uso della”.
Dicho de otra forma,
como el público no tenía forma de saber cuál era la
moneda peruana falta de ley, la decisión propuesta por
el Consejo que adoptó el Rey generó dos tipos de problemas:
por una parte, se produjeron dificultades y hasta paralización
del comercio y “no
recaudación de impuestos hasta que no empiece a correr
moneda de nuevo”; por la otra, ocurrieron grandes y
largas discusiones entre los Ensayadores acerca de “los
procedimientos para reconocer la moneda de buena ley
de la mala”. Seguramente que ante la incertidumbre
el público comenzó guardando sus monedas peruanas hasta
saber a ciencia cierta cuál sería el futuro de éstas.
Con la paralización del comercio en algunas plazas se
produjo el desabastecimiento de productos esenciales
de consumo y el alza de los precios en el mercado, con
el consiguiente descontento de la gente. Por ello, Felipe
IV se vio obligado a reconsiderar y mediante un pregón
emitido a fines de Octubre de 1650 mandó:
“que todos los reales de
á ocho, y de á quatro del Perú, sin distinción alguna
de unos á otros, desde agora en adelante, valgan los
de ocho á seis reales de plata, y los de á quatro á
tres”.
Con dicho pregón se devaluaba
toda la moneda potosina, a pesar de existir en circulación
moneda buena de la misma procedencia y de épocas anteriores.
Por esa razón, el público prefirió llevar sus monedas
a las cecas reales para su ensaye, fundición y reacuñación
posterior, con lo cual reducía sus pérdidas. El Consejo
de Hacienda hubo de deliberar acerca de la forma de
distribuir los daños ocasionados por la moneda perulera
feble entre las bolsas y los hombres de negocios, ante lo cual el Rey finalmente decidió
que no se cobraría señoreaje por fundir y reacuñar dicha
moneda hasta en 1651. Se pidió a los Tesoreros del Reino
que mediante declaración jurada informasen acerca de
las piezas de a ocho y de a cuatro Reales del Perú que
obrasen en su poder, y el 18 de noviembre el Rey emitió
una Orden a las diferentes Casas de Moneda para que
emprendiesen la labor de fundición y reacuñación de
la moneda perulera. En algunos casos –
como en el de la ceca de Segovia –
si bien tenían a punto toda la maquinaria, les
fue preciso a fines de diciembre solicitar la presencia
de un Ensayador de la Casa de Moneda de Madrid. Las diferentes cecas españolas laboraron
por espacio de seis a nueve meses en 1651 para poder
completar la labor de fundición y reacuñación. Ya en
febrero de dicho año la de Valladolid envió al Presidente
del Consejo de Hacienda muestras de las monedas de Reales
de a 8, 4 y 2 elaborados con la pasta fundida de las
monedas peruleras. Sin embargo, en junio el Presidente
del Consejo de Hacienda recomendó conceder licencia
a algunos hombres de negocios para sacar a Italia barras
de pasta de plata de la moneda perulera fundida, por
cuanto no se podía esperar a que las Casas de Moneda
terminasen de labrar la nueva moneda. Simultáneamente, el mismo Consejo
denegó solicitudes de hombres de negocios para sacar
de España Reales peruleros de a ocho, contándolos al
valor de seis Reales, “ya que esto podría aumentar el
descrédito de la moneda española”.
Si los problemas antes descritos
y el descrédito de la moneda española, tanto interna
como externamente, eran grandes, existe un caso que
seguramente debe haber tenido gran repercusión y debe
haber generado considerable molestia personal al Rey.
El hecho es que a fines de octubre de 1650 la Reina
doña Mariana se
encontró con que llevaba en su bolso, para pagar alguna
compra, varios Reales de a ocho peruanos de baja ley!
Incluso se presentó una consulta formal ante el Consejo
de Hacienda acerca de la forma de reemplazar tales monedas. El problema de la moneda peruana
feble estaba por lo tanto metido incluso dentro de la
misma Casa Real.
A mediados de 1651 se produjo
un brote de peste en algunas partes de España, y el
Corregidor de Xerez de la Frontera propuso que, en vez
de aguardar la fundición y reacuñación de la moneda
peruana, se aceptase el pago de impuestos en Reales
peruanos de a ocho tomados a seis Reales, lo cual fue
denegado por el Consejo de Hacienda seguramente para asegurar que efectivamente
desaparecieran de circulación toda las monedas peruanas
febles. En septiembre del mismo año se estaban produciendo
algunos trámites no completamente legales por parte
de algunos mercaderes al introducir moneda perulera
feble junto con barras de plata para su fundición en
las Casas de Moneda, y pretendiendo que se les eximiese
de pagar señoreaje por ambas, cuando solamente el caso
de las primeras estaba exento.
A principios de enero de 1652
se recibió una consulta sobre las posibles consecuencias
de que en las Islas Canarias no se observase la Pragmática
referente a las monedas peruleras febles, al tener en
cuenta que no existe una Casa de Moneda en dicho lugar. La consulta fue eventualmente aprobada.
Al parecer las monedas peruanas
faltas de ley que llegaron a la Península Española en
1651 no fueron detectadas sino hasta cuando ya se habían
diseminado por todas partes, razón por la que su fundición
y reacuñación tuvo que llevarse a cabo en prácticamente
todas las cecas del Reino. En 1652, en cambio, al llegar
la flota desde América con plata perulera, ya se estaba
sobreaviso en la materia y esas monedas habrían sido
fundidas y reacuñadas principalmente en la Casa de Moneda
de Sevilla. Por ello, el Rey emitió el 16 de junio de
dicho año una Cédula en la que mandaba cobrar señoreaje
para la fundición y reacuñación de la moneda que llegase
en 1652, al considerar que las condiciones que originaron
la exención el año anterior ya habían sido superadas. Sin embargo, como la orden de fundición
y reacuñación cobrando señoreaje fue dada solamente
a la ceca de Sevilla – y no a todas las del Reino –
el Rey emitió un Decreto fechado en 25 de agosto mediante
el que derogaba el cobro del señoreaje también para
el caso de las monedas peruanas febles recibidas en
1652. En octubre, para evitar un fraude
por parte de unos mercaderes fue necesario cancelar
el contrato que habían suscrito en la Casa de Moneda
de Sevilla para reducir plata peruana a razón de 5 ¾
por cada ocho Reales, y que posteriormente trataron
de reducir en la de Segovia en Reales sencillos y medios
al precio de ocho Reales por Real de a ocho.
En 1653 se suscitó una controversia
acerca del cobro del señoreaje por reducir moneda peruana
feble en 1651 por parte del Alcalde Mayor de la Casa
de Moneda de Sevilla, situación que fue explicada pormenorizadamente
por el interesado luego de haberse solicitado el nombramiento
de un juez para la investigación.
Entre 1654 y 1657 se enviaron
diferentes comunicaciones relacionadas con un Arquero
Real que se encontraba en prisión por haber cometido
fraudes en el manejo de la moneda perulera; con una demanda pendiente sobre la
utilización fraudulenta en la Casa de Moneda de Madrid
de una balanza que faltaba a su peso y que fue usada
para la reducción de moneda perulera, lo que habría
resultado en la pérdida de 30,000 Reales de plata; y con la realización de una investigación
sobre fraudes cometidos en Asturias al registrar la
moneda perulera feble.
EPÍLOGO
El
“Gran Escándalo” generado por la reducción fraudulenta
de la ley o fineza de la plata en la moneda elaborada
en la Casa de Moneda de Potosí no solamente trajo consecuencias
para los funcionarios y mercaderes de plata de aquella
ciudad que se coludieron para cometer el fraude. Toda
España se vio también afectada, tanto por la pérdida
del valor intrínseco de la moneda por parte de los tenedores
de la misma como por el descrédito de la moneda española
en Europa. Incluso la Casa Real misma se vio envuelta
en situaciones embarazosas.
Al
tener en cuenta que en un ensayo de monedas potosinas
febles realizado en la Casa de Moneda de Madrid el 26
de septiembre de 1650, los 2,952 Reales de dicha moneda
quedaron reducidos a solamente 2,203 Reales de moneda
legal, puede afirmarse que la ley o fineza de la plata
en la moneda hecha en Potosí era un 25.4% inferior a
la norma vigente en aquella época. Si a ello se añade que durante los
ocho años en que se presume duró dicho fraude se exportaron
desde Potosí a España un total de 38.6 millones de Pesos
en monedas de 8 y 4 Reales febles, el desfalco del “Gran Escándalo”
se situaría muy cerca de los 10 millones de Pesos de
aquellos tiempos, una suma nada despreciable.
RECONOCIMIENTOS
Los
Autores desean dejar constancia de su agradecimiento
al distinguido historiador numismático Glenn Murray,
de la Asociación de Amigos de la Casa de Moneda de Sevilla,
por su desinteresada y eficaz cooperación para permitir
el acceso a la información disponible en el Archivo
General de Simancas,
por la via del Internet.
También
desean aprovechar la ocasión para destacar las posibilidades
que ahora ofrece el Internet para la realización de
investigaciones a distancia.